El Tribunal Constitucional suspende la Ley del Referéndum

07/09/17


El Pleno del Tribunal Constitucional ha suspendido la Ley del Referéndum aprobada ayer por el Parlamento de Cataluña y los decretos firmados para permitir la consulta de autodeterminación del 1 de octubre

El Constitucional se ha reunido de urgencia esta tarde para estudiar el incidente de ejecución presentado por el Gobierno contra las decisiones del Parlamento catalán.

La Comisión Permanente del Consejo de Estado había aprobado por unanimidad los dictámenes a favor de que el Gobierno recurra las decisiones del Parlament sobre el referéndum independentista, así como el decreto de convocatoria firmado por el Gobierno catalán.

Fuentes de la institución han confirmado que el pleno del Consejo de Estado ha dictaminado a favor de que el Gobierno recurra al Tribunal Constitucional la Ley de Referéndum, el decreto de convocatoria, y las normas complementarias para su realización, así como la resolución del Parlament por la que se designa a cinco miembros de la Sindicatura Electoral.

El Consejo de Estado remitió al Gobierno los dictámenes sobre estas normas, que fueron estudiados en un Consejo de Ministros extraordinario en el que se autorizó al jefe del Ejecutivo, Mariano Rajoy, a presentar los recursos ante el TC.

Por la mañana, el Constitucional rechazó de plano la recusación presentada por la presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell, contra los 12 magistrados que integran este órgano, a quienes considera "contaminados" para decidir sobre la aplicación de medidas de ejecución de sus sentencias en relación con el proceso independentista [lea en PDF el auto del TC]. 

Existen antecedentes de recusación total de todo el tribunal que fueron inadmitidas de plano y no paralizaron por lo tanto la acción de este órgano. La cuestión es resuelta por el propio tribunal recusado porque sus magistrados no tienen sustitutos y la ley no prevé la formación de ningún órgano especial integrado por personas ajenas a esta institución. 

El tribunal ya fue anteriormente recusado en su totalidad por el abogado murciano José Luis Mazón en relación con una condena que impuso el Tribunal Supremo en 2004 a once de los magistrados del TC por la inadmisión arbitraria de un recurso. 

La condena fue recurrida en amparo por los propios miembros del Constitucional y este letrado les recusó al considerar que no podían ser juez y parte de este asunto, pero su petición se rechazó de plano por el propio Pleno del tribunal de garantías y el amparo fue finalmente concedido en 2013. 

En su escrito, Forcadell no pedía pide que los magistrados se aparten por su falta de parcialidad en ninguna causa concreta ,sino que solicitaba expresamente que no pudieran adoptar las medidas previstas en artículo 92.4 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que fue reformado en 2015 para dotar a este órgano de instrumentos para poder hacer cumplir sus resoluciones [lea en PDF el escrito de recusación que presentó Forcadell]. 

Entre éstos instrumentos se encuentra la posibilidad del TC de imponer multas por desobedece sus sentencias, deducir testimonio a la Fiscalía respecto de las personas que incumplan sus resoluciones para que se estudie si han cometido delito -como puede ser el de desobediencia, que se vería entonces en un juzgado ordinario- o incluso suspender cautelarmente en sus funciones a los responsables de dicho incumplimiento.