Vicepresidencia convoca ayudas para la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales
El Boletín Oficial de Cantabria ha publicado hoy la convocatoria de las ayudas en régimen de concurrencia competitiva para la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales. Convocadas por la Vicepresidencia y Consejeria de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, se enmarcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas y jurídicas, tanto públicas como privadas, titulares de espacios destinados a las artes escénicas y musicales. Deberán tener actividad habitual en artes escénicas y música en la Comunidad Autónoma, donde ha de ubicarse el espacio escénico en el que se desarrolla la actividad subvencionable.
Las subvenciones tendrán la cuantía máxima de 263.468 euros en dos modalidades. Una, que recoge los espacios escénicos con un aforo igual o superior a 225 e inferior a 500 localidades, con un importe total de 163.467,67 euros; y para la modalidad B, donde se incluyen aquellos espacios con un aforo igual o superior a 500 e inferior a 1.000 localidades, con un importe de 100.000,00 euros.
El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el 100% del coste del proyecto subvencionado. En todo caso, la cuantía a conceder estará limitada por la subvención solicitada por la entidad beneficiaria para cada proyecto presentado y el 80% del coste del proyecto presentado y subvencionado.
El número de proyectos a subvencionar se limita a uno por interesado y, en el caso de presentar más de un proyecto dentro del plazo de presentación de solicitudes, solo se considerará válidamente presentado el que lo haya sido en último lugar.
Los criterios de valoración se basarán en la calidad técnica, interés y valor añadido de la propuesta; el indicador de permanencia en el tiempo de la sala; la antigüedad de la persona física o jurídica como gestor de espacio para el que se solicita la ayuda, y viabilidad del proyecto
El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de Cantabria el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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