La mayoría del Ayuntamiento llama a Servicios Jurídicos a defender el acuerdo del Pleno sobre comisiones de investigación

28/01/22


Los grupos impulsores de la reforma del reglamento para la introducción de las comisiones de investigación, que son mayoría, llaman a los Servicios Jurídicos municipales a defender al Pleno frente a la demanda del PP contra el Ayuntamiento por la aprobación inicial de la modificación del reglamento que introduce la posibilidad de crear comisiones de investigación.
 
“No se debe olvidar que lo que realmente está sucediendo en el Ayuntamiento de Santander es que el PP no quiere cumplir con la voluntad del Pleno, acordada de forma legítima”, apelan en un escrito dirigido al letrado que va a defender al Consistorio en el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria frente a los “intereses particulares” del PP. 
 
En un comunicado, lamentan la “ofensiva judicial” de los 11 concejales del PP – incluida la alcaldesa de la ciudad, Gema Igual— contra un acuerdo del máximo órgano de representación del Ayuntamiento de Santander. 
 
De esta manera, PSOE, PRC, Ciudadanos y Unidas por Santander quieren que sean tenidos en cuenta por los Servicios Jurídicos municipales todos los argumentos de cara a la mejor defensa del “interés general” y la “voluntad inequívoca de la mayoría de los santanderinos representada en el Pleno”.
 
Así, la mayoría del Pleno facilita a los letrados municipales otro escrito registrado esta semana en el que reclaman a Alcaldía, Secretaría Municipal y otros funcionarios que subsanen su error de tramitar el acuerdo del Pleno extraordinario celebrado el 23 de diciembre como una aprobación definitiva, cuando es aprobación inicial.
 
En contacto con los Servicios Jurídicos, los grupos que son mayoría en el Pleno del Ayuntamiento prueban, frente a la demanda del Partido Popular, que existe un expediente, que se celebró una Comisión previa para cumplir con el reiterado mandato del Pleno desde octubre de 2020, que se debatieron alternativas y que se incorporaron enmiendas.
 
Una moción que la alcaldesa no había ejecutado hasta el momento “con voluntad inequívoca y dolo de que no se tramitara nunca lo acordado mayoritariamente” por el Pleno, que, insisten, es “el órgano administrativo donde reside la soberanía municipal”. 
 
“No se debe olvidar que lo que realmente está sucediendo en el Ayuntamiento es que el PP no quiere cumplir con la voluntad del Pleno”, remachan.
 
Piden a los Servicios Jurídicos que se opongan a las cautelares
 
De cara a oponerse a la medida cautelar, los grupos políticos piden a los Servicios Jurídicos que tengan en cuenta que al PP no le basta una “mera invocación genérica” de que la ejecución del acto administrativo recurrido haría perder la finalidad del recurso. 
 
Esto es, que el PP tendría que “probar adecuadamente qué daños y perjuicios de reparación imposible o difícil concurren” en una modificación del reglamento, cuando “el acuerdo impugnado no supone la aprobación de ninguna comisión de investigación, sino únicamente es un acuerdo inicial de modificación de la norma que los regula”.
 
Los grupos impulsores de las comisiones de investigación recuerdan que “la apariencia de buen derecho” que invoca el PP es un criterio subsidiario de la ponderación de intereses.  
 
Y en este punto subrayan de nuevo “el interés general”. “El interés público es el interés del Ayuntamiento de Santander y de su Pleno como órgano donde reside la soberanía municipal, que representa a todos los vecinos de la ciudad, y es lo que debe prevalecer frente a los intereses particulares de 11 concejales del Partido Popular que no respetan la voluntad de la mayoría absoluta del Pleno”, enfatizan.
 
Asimismo, subrayan que “el único argumento” del PP se basa en la ausencia de consulta previa y la falta de información pública. Sobre la consulta, los grupos mayoritarios recuerdan que no es obligatorio este trámite porque se trata de la modificación de un Reglamento, “una norma organizativa ya existente” y “sin trascendencia económica”.
 
Y en relación a la falta de información pública, exigen a la propia Alcaldía, Secretario General y Gestora de Actas que, dado que lo están tramitando como aprobación definitiva “erróneamente por una equivocación de las citada personas”, tramiten el acuerdo “de forma inmediata” como aprobación inicial, que “es lo que fue”.
 
Por estos motivos, concluyen que “la medida cautelar y el escrito de interposición no tiene ningún sentido, existiendo una evidente carencia de objeto procesal, dado que la parte recurrente, si así lo desea, debería acudir primero a realizar las alegaciones pertinentes en el trámite de información pública, cuando se publique el Acuerdo inicial”.