Condenado un taxista de Reocín a indemnizar con más de 15.000 euros a un conductor de autobús por realizar una ruta escolar durante tan solo mes y medio

El taxista resultó adjudicatario de la ruta escolar tras ser estimado su recurso por el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
La Consejería de Educación no le adjudicó el contrato pese a ofertar una propuesta económica un 30% más baja que la empresa de autobuses.
Ello supuso que solo pudiera realizar el transporte escolar entre el 4 de mayo y el 22 de junio, pese a que debería haber comenzado el 7 de septiembre, lo que mermó sus ingresos y, al mismo tiempo, incrementó la cantidad indemnizatoria.
Para mayor ensañamiento, la Consejería de Educación comunicó al taxista, 2 semanas después, la no prórroga de esa ruta el próximo curso escolar, “al haber desaparecido las condiciones que motivaron la necesidad de su contratación”.
La sentencia reconoce la “radicalidad extrema” del precepto establecido en el Convenio Colectivo del Transporte de Viajeros por Carretera de Cantabria y califica la situación como “desmedida en sus consecuencias”.
No obstante, le condena a indemnizar al conductor con 15.250,10 euros, como si hubiera trabajado a su servicio a jornada completa durante 5 años, a pesar de que la empresa saliente mantiene otros contratos con la Consejería de Educación, entre ellos otra ruta escolar a la que también estaba adscrito el conductor despedido.
La Federación Cántabra del Taxi califica la condena de desproporcionada y denuncia el fraude que cometen las empresas de autobuses, adscribiendo a las rutas a los conductores con mayor antigüedad para impedir la libre concurrencia de otras empresas, con la connivencia de la Consejería de Educación y los sindicatos del transporte.
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