El Gobierno de Cantabria destina casi 16 millones en ayudas para el desarrollo de acciones formativas para el empleo
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado hoy la orden de la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas al desarrollo de acciones formativas, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, con un importe de 15.850.000 euros.
Esta iniciativa, gestionada a través del Servicio Cántabro de Empleo (EMCAN), se enmarca dentro de la oferta formativa del Sistema de Formación Profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales del EMCAN y tiene como objetivo la cualificación y recualificación profesional de personas trabajadoras desempleadas y ocupadas.
Las entidades de formación beneficiarias desarrollarán acciones formativas, en modalidad presencial, tradicional, aula virtual y teleformación, impartidas en centros de la región, destinadas a la obtención de certificados profesionales, el acceso a competencias para el acceso a los mismos y a conocimientos de idioma para poderse presentar a las pruebas de acreditación oficial del nivel del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL).
Además, las acciones formativas reguladas en la orden irán destinadas prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas, siempre que figuren inscritas como demandantes de empleo y servicios o como solicitantes de servicios, en el Servicio Cántabro de Empleo en el momento del inicio de la acción formativa o en el momento de su incorporación, si éste fuere posterior a aquel.
Las personas desempleadas podrán solicitar su participación en las acciones formativas a través del personal de la red de oficinas de empleo del EMCAN, de las entidades de formación que impartan las acciones formativas, que deberán proceder a la inscripción de las personas que lo demanden a través de la aplicación GESFOR, o a través de la página Web del Servicio Cántabro de Empleo (www.empleacantabria.es).
Podrán participar también las personas trabajadoras ocupadas en empresas cuyo centro de trabajo esté situado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, no pudiendo superar, en cualquier caso, el 30 por ciento del total del alumnado y siempre y cuando cumplan determinados requisitos.
Tendrán prioridad en el acceso a las acciones formativas las personas trabajadoras desempleadas sobre las personas trabajadoras ocupadas y, en especial, las víctimas de violencia de género, las personas con discapacidad, las personas trabajadoras desempleadas de larga duración, las personas inscritas como demandantes de empleo y servicios en el EMCAN y en desempleo durante 270 días en los últimos 18 meses que sean mayores de 45 años, así como personas trabajadoras de baja cualificación profesional, personas mayores de 50 años, jóvenes menores de 30 años y personas perceptoras de la renta social básica que sean demandantes de empleo y servicios.
Dentro del grupo de personas trabajadoras ocupadas, tendrán prioridad las mujeres trabajadoras ocupadas con jornada de trabajo a tiempo parcial igual o inferior al 50 por ciento; personas trabajadoras ocupadas fijas discontinuas en los periodos de no ocupación, y personas trabajadoras ocupadas acogidas a regulación temporal de empleo en sus periodos de suspensión de empleo o reducción de jornada de trabajo.
Las acciones formativas se distribuirán por especialidades y áreas territoriales en función de la localidad en la que se ubiquen los distintos centros de formación.
En la planificación de las acciones formativas programadas, las entidades deberán tener en cuenta que la totalidad de las acciones deberán haber comenzado no más tarde del 15 de noviembre de 2026 y finalizado no más tarde del 31 de julio de 2027.
El procedimiento de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, respetando los principios de objetividad, igualdad, transparencia y publicidad.
La financiación de estas subvenciones estará constituida con fondos procedentes de la cuota de formación profesional, transferidos por la Administración General del Estado a través del Ministerio de Educación y Formación Profesional, así como con fondos de empleo autonómicos del Gobierno de Cantabria.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOC. La información completa de la convocatoria puede consultarse en el siguiente enlace.
Las solicitudes irán acompañadas de la documentación requerida, y se tramitarán de forma electrónica mediante la aplicación informática GESFOR que estará a disposición de las entidades solicitantes en la página web del Gobierno de Cantabria (www.cantabria.es) o de la del Servicio Cántabro de Empleo (www.empleacantabria.es).

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