El Gobierno presenta el anteproyecto de la nueva Ley de Carreteras que "simplifica trámites, refuerza la seguridad vial y moderniza la gestión y financiación de la red autonómica"

11/11/25


El consejero y la directora general de Obras Públicas a su llegada a la sede del Gobierno en Peñaherbosa (Foto: Emma Portillo)

El consejero de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, Roberto Media, ha presentado hoy en rueda de prensa el anteproyecto de la nueva Ley de Carreteras, una norma que sustituirá a la actual Ley 5/1996, y que apuesta por "simplificar trámites, reforzar la seguridad vial y modernizar la gestión y financiación de la red autonómica".

Media ha explicado que la actual norma ha quedado "obsoleta en prácticamente todos los aspectos que regula", por lo que se ha optado por redactar un nuevo texto, con vocación de Ley integral, que derogue y sustituya en su totalidad al vigente. 

En este sentido, el consejero ha informado de que el Boletín Oficial de Cantabria ha publicado hoy la resolución por la que el anteproyecto se somete, a partir de mañana y por un periodo de 30 días hábiles, al trámite conjunto de audiencia e información pública.

"Esta nueva normativa busca dar respuesta a las necesidades presentes y futuras de nuestras infraestructuras viarias, a los cambios en la tecnología de las carreteras, a la evolución de la normativa estatal y autonómica, así como a la legislación de contratación pública, ordenación del territorio, urbanismo y evaluación ambiental", ha expresado.

Además, Media ha asegurado que este nuevo texto regulará de forma completa, coherente y actualizada la ordenación y gestión de todas las carreteras de competencia autonómica, destacando especialmente los principios de simplificación administrativa y sostenibilidad ambiental en los que se fundamenta el nuevo texto.

Durante su comparecencia, Media ha hecho referencia a la "enorme batería de novedades" que se incorporan, poniendo como ejemplo las nuevas fórmulas de financiación de las nuevas carreteras, la creación de la figura de agentes de la autoridad al personal adscrito a la explotación de carreteras, el incremento de las sanciones, la incorporación de la declaración responsable para obras menores o la regulación de las expropiaciones y servicios afectados, entre otros asuntos.  

Financiación y construcción de nuevas carreteras

Dentro de los cuatro apartados en los que se divide el anteproyecto, el consejero ha destacado las novedades que se recogen en materia a la financiación y construcción de carreteras. En este sentido, la norma prevé ampliar las formas de financiación de las nuevas carreteras con el objetivo de aumentar la disponibilidad de recursos y, con ello, las inversiones que se diseñen desde la Administración.

En concreto, se añaden fórmulas como el contrato de concesión de obra pública, los recursos generados por la explotación de carreteras o el establecimiento de contribuciones especiales u otros mecanismos, "que no existen en la actual normativa".

Dentro de la apuesta por la simplificación administrativa, se sustituye la autorización por una declaración responsable para determinadas obras menores de conservación y mantenimiento en la zona de protección, siempre que no se ocupe la zona de dominio público y que cumpla con las condiciones que se especifica.

"Esa declaración responsable deberá dirigirse a la administración titular de la carretera y en ella la persona interesada declarará, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos establecidos en la normativa vigente", ha explicado. 

Por otro lado, se adecúa a la legislación de Ordenación del Territorio y de Evaluación Ambiental la elaboración, aprobación y modificación del Plan de Carreteras de Cantabria.  También se incorporan disposiciones que mejoran la participación pública en el Plan y se flexibiliza su vigencia, pudiendo ser superior a los 8 años como hasta ahora.

Se establece la clasificación de los estudios y proyectos de carreteras. También se regulan los procedimientos para su aprobación, especialmente en cuanto a la información pública y oficial y a la vigencia de la Declaración o Informe de Impacto Ambiental.

Regulación de expropiaciones y reposición de servicios afectados

Otra de las materias que se incluye por primera vez en el nuevo texto es la regulación de las expropiaciones y reposiciones de servicios afectados, como recoge la Ley estatal. 

En este sentido, el anteproyecto recoge que la administración titular podrá expropiar el suelo con una indemnización equivalente únicamente al valor que tendrían los terrenos en caso de encontrarse en situación rural, y dejar el aprovechamiento urbanístico, o el derecho a él, en posesión de la persona expropiada, siempre que ésta lo solicite, la administración titular lo considere oportuno, sea posible según la legislación y el planeamiento urbanístico y el ayuntamiento manifieste expresamente su conformidad. 

Además, se incorpora una regulación de las limitaciones a la circulación en casos de necesidad. Sobre este asunto, Media ha explicado que la Administración podrá establecer las condiciones para la circulación o el tránsito de algunos vehículos en situaciones especiales o de seguridad. 

La figura de agentes de la autoridad y el incremento de sanciones

Durante su intervención, el consejero ha señalado también que el texto establece la condición de agentes de la autoridad al personal adscrito a la explotación de carreteras. "Los vigilantes de carreteras, que no son funcionarios públicos sino personal laboral, tendrán autoridad para poder abrir expedientes sancionadores si se incumple la ley", ha afirmado.

El anteproyecto contempla también importantes novedades en el apartado dedicado a sanciones e infracciones estableciendo "siempre" como criterio fundamental la protección de la seguridad vial. Se sigue considerando que una infracción es leve cuando no afecta a la seguridad vial y sea posible su legalización. Sin embargo, todas las que afectan a la seguridad vial serán graves o muy graves, dependiendo de la zona donde se comete, el elemento afectado y el grado de afección. 

La nueva normativa incrementa las sanciones con respeto a la Ley 5/1996 y define nuevos criterios para su aplicación. Para ello, se tendrán en cuenta los daños y perjuicios producidos, el riesgo creado, la intencionalidad o el valor de los daños ocasionados entre otras cosas. En el caso de las multas, se prevén reducciones de hasta el 40 % de su importe si el presunto infractor asume la responsabilidad y el pago anticipado. 

El plazo de prescripción de las infracciones pasa a ser de un año para las leves, tres años para las graves y seis años para las muy graves. En cuanto a su cuantía económica, las leves irán de los 300 a 1.500 euros; las graves de los 1.501 a los 15.000 euros; y las muy graves de los 15.001 a los 120.000 euros.

Mayor claridad en la clasificación, catalogación e información de las carreteras

Acompañado por la directora general de Obras Públicas, Carmen López, Media ha explicado que el texto define el procedimiento para la modificación y aprobación del Catálogo de la Red Autonómica de Carreteras de Cantabria, a través del Consejo de Gobierno. 

Además, se permite incluir en la denominación de las carreteras, términos geográficos e históricos relacionados con nuestra Comunidad y se incorpora la elaboración y difusión del Mapa Oficial de Carreteras de la Comunidad Autónoma. 

Por otro lado, se precisa el procedimiento de cambio de titularidad de carreteras, se suprimen las referencias a la Diputación regional de la actual norma y se incorpora una definición completa de los elementos funcionales de la carretera.

Media ha subrayado además que la Consejería competente en materia de carreteras delimitará los tramos de las carreteras autonómicas que tengan consideración de travesía. "Cuando un ayuntamiento considere una travesía en la redacción de sus planes, necesitará ratificarlo con un informe vinculante de la Consejería", ha explicado.

Zonas de influencia, usos permitidos y prohibidos y régimen de autorizaciones

El anteproyecto mantiene el esquema de zonas de influencia de las carreteras y usos permitidos y prohibidos establecidos por la anterior Ley, pero aclara su forma de delimitarlas "para evitar ambigüedades". 

Según ha afirmado Media, el texto incorpora una regulación más detallada de los usos que pueden afectar a las carreteras, como la creación o modificación de accesos. 

Respecto a la regulación de la publicidad, la nueva Ley será menos restrictiva. Si bien se mantiene la prohibición de anuncios visibles desde las calzadas en tramos no urbanos para evitar distracciones, se flexibilizan las condiciones en otros casos, permitiendo la instalación de publicidad fuera de la visibilidad directa de la calzada y en paradas de autobuses. Asimismo, la Administración podrá retirar publicidad no autorizada ubicada en el dominio público.

Se regulan también con mayor precisión los cultivos, plantaciones y movimientos de tierras, prohibiendo la plantación de especies invasoras en zonas de protección. Además, se establece una franja de seguridad de 6 metros para las plantaciones forestales y se dota a la Administración de la potestad de realizar actuaciones expeditivas para mantener la seguridad. Sobre este asunto, Media ha puesto como ejemplo la retirada o poda de árboles, una cuestión que ahora conlleva "un proceso largo y laborioso".

La ley también regula los tendidos aéreos y las conducciones subterráneas, y establece condiciones para usos ocasionales como transportes especiales. Además, como novedad se incluyen nuevos artículos para la celebración de las pruebas deportivas y eventos.

Un texto "guiado" por la experiencia del servicio de carreteras

El consejero ha destacado que la elaboración de este anteproyecto ha estado "guiada" por la experiencia acumulada de los servicios encargados de las carreteras autonómicas, quienes han mostrado la necesidad de concretar y mejorar muchos de los aspector regulados por la actual Ley. 

Tal y como ha expresado Media, muchas de las novedades planteadas son cuestiones técnicas que afectan a la labor diaria de los empleados públicos, las empresas de construcción y mantenimiento de carreteras, así como a ciudadanos que se ven afectados por ellas.

Tras la fase para recabar sugerencias de ciudadanos, organizaciones o asociaciones, que tendrá una duración de 30 días hábiles a contar a partir de mañana, se iniciará posteriormente su tramitación en el Parlamento. "Espero que esta futura ley sea bien recibida por todos los grupos parlamentarios y podamos alcanzar el consenso necesario para su aprobación lo antes posible", ha concluido. 

El texto completo del citado anteproyecto de Ley puede consultarse en las dependencias de la Dirección General de Obras Públicas de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, en horario de 09:00 a 14:00 horas y en el Portal de Transparencia del Gobierno de Cantabria.




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