Entra en vigor el decreto que regula las entidades colaboradoras de certificación en el ámbito de la simplificación administrativa
El decreto 67/2025 que regula el régimen de las entidades colaboradoras de certificación y su registro ha entrado en vigor hoy tras su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) en el día de ayer en una edición extraordinaria.
Estas organizaciones, que pueden ser aquellas acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación o bien colegios profesionales y personas jurídicas que cumplan una serie de requisitos, colaborarán con los organismos públicos locales y regionales de Cantabria para agilizar los procedimientos administrativos, al verificar la documentación que presenten ciudadanos y empresas.
Se abre así un nuevo mecanismo previsto en la Ley de Simplificación Administrativa aprobada en marzo, muy importante para la reducción de tiempos y trámites, dado que las administraciones regional y local darán como completa y adecuada la documentación que se presente a la hora de tramitar licencias y autorizaciones cuando se utilice una declaración responsable o una comunicación.
La consejera de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa, Isabel Urrutia, ha valorado el alcance de este nuevo decreto que desarrolla lo previsto por la Ley de Simplificación Administrativa como entidades que podrán verificar y certificar requisitos legalmente exigidos.
"Respondemos de forma directa a las empresas y ciudadanos que nos reclaman reducir la burocracia y agilizar los trámites para comenzar rápidamente una actividad", ha subrayado Urrutia, quien ha añadido que con esta normativa se implanta de forma efectiva "un nuevo modelo de gestión pública" basado en facilitar la relaciones entre los ciudadanos y la administración pública.
Y es que, como ha explicado la consejera, estas entidades conseguirán agilizar los trámites al permitir que las declaraciones responsables y las comunicaciones sean certificadas rápidamente por estas entidades, se eliminan pasos intermedios y se reducen los plazos de respuesta. "El ciudadano no tiene que esperar a que la administración valide su declaración, la entidad colaboradora ya lo ha hecho por él, lo que acelera el proceso", ha indicado Urrutia.
Igualmente, al delegar en estas entidades la función de certificar, se reduce la necesidad de que los ciudadanos presenten múltiples documentos o realicen gestiones innecesarias ante la administración pública. De esta forma, los trámites se hacen más simples y se reduce la carga burocrática.
El nuevo mecanismo también ofrecerá una "mayor fiabilidad y seguridad" y "confianza pública", en palabras de la consejera, dado que estas entidades operan "con estándares legales y técnicos claros", proporcionan "un nivel de confianza adicional" en las declaraciones responsables y comunicaciones que se presenten y, al mismo tiempo, serán registradas y supervisadas por el Gobierno de Cantabria.
La nueva normativa "facilitará a los ciudadanos y a las empresas la realización de sus trámites administrativos con mayor rapidez y menor coste. Asimismo, el control y la transparencia que el Gobierno de Cantabria garantiza mediante el registro de las entidades colaboradoras contribuirá a fortalecer la confianza en los servicios prestados", ha concluido.
Ámbito de aplicación
El decreto será aplicable tanto a la administración pública local como autonómica y en aquellos procedimientos que determinen los distintos órganos competentes en cada ámbito sectorial. Estos deberán tener actualizados los protocolos de verificación, en los que se detallarán los requisitos técnicos que deben ser objeto de comprobación para considerar la suficiencia e idoneidad de la documentación presentada por las personas interesadas.
Se consideran entidades colaboradoras de certificación aquellas acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación mediante el sistema previsto en la norma UNEEN ISO/IEC 17020.
También podrán acreditarse los colegios profesionales y personas jurídicas si cumplen una serie de requisitos: contar con un equipo de al menos dos profesionales habilitados, una póliza de cobertura de riesgos de responsabilidad profesional o disponer de un protocolo interno para garantizar la custodia de documentación, la confidencialidad de los datos y la imparcialidad e independencia de las actuaciones, entre otros.
Respecto al Registro general de entidades colaboradoras de certificación, este será de carácter público y accesible a través de la Sede Electrónica de la Administración del Gobierno de Cantabria. En el mismo se inscribirán los procedimientos administrativos en los que podrá emplearse la certificación y la relación de entidades colaboradoras.
Por último, el reglamento regula las causas por las que se puede perder la acreditación como entidad colaboradora de certificación en los casos de los colegios profesionales y personas jurídicas acreditadas ante la comunidad autónoma de Cantabria, así como el desarrollo de los planes inspectores para comprobar el cumplimiento de las obligaciones y el correspondiente régimen sancionador.

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